miércoles, 5 de enero de 2011

Proyecto de Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células entra a segundo debate


QUITO.- En la sesión 82 del Pleno, los asambleístas iniciaron el segundo debate del proyecto de Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células que tiene por objetivo garantizar el derecho a la salud y de los ciudadanos, tanto receptores como donantes, en materia de trasplantes, así como que las condiciones de vida que alcancen después de un procedimiento de este tipo les permita tener una mejor calidad de vida.
Carlos Velasco, presidente de la Comisión de Salud, señaló que la salud pública no puede seguir interprentando a la población y a la naturaleza como simples objetos, sino que se los tiene que comprender como sujetos de interrelaciones, donde se reconocen otros saberes.
Indicó que la Comisión trabajó este proyecto con los trasplantados, hecho que permitió mejorar el texto del documento y que, a la vez, actúen como veedores para aprobación de esta normativa, que es la razón de su presencia en este recinto legislativo.
Invitó a los asambleístas a dar sus opiniones y observaciones para enriquecer el articulado de esta ley, al enfatizar en varios aspectos fundamentales del cuerpo legal, en el cual se incluyeron propuestas generadas en el primer debate.
De esta manera se promueve la actividad trasplantológica en el país, así como consolidar el Sistema Nacional Integrado de Donación y Trasplantes que fortalezca el sistema público y actúe bajo la rectoría del Estado, a través de la Autoridad Sanitaria Nacional, garantizando el cumplimiento de los derechos consagrados en la Constitución y en estricta observancia de las disposiciones constantes en los tratados e instrumentos internacionales vigentes sobre el genoma humano, los datos genéticos y la bioética.
Las disposiciones de la presente ley son de aplicación obligatoria para todo el Sistema Nacional en los temas referentes al proceso de donación y trasplantes. Corresponde a la Autoridad Sanitaria Nacional, en ejercicio de su rectoría, emitir las políticas públicas relacionadas con el trasplante de órganos, tejidos y células.
Los órganos, tejidos y células, independientemente del lugar de su oblación o extirpación, una vez obtenidos, son responsabilidad de la Autoridad Sanitaria Nacional, incluyendo su adecuado uso.

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