martes, 19 de octubre de 2010

Comisión 2 aprobó mecanismo de incremento de pensiones jubilares



REDACCIÓN Y FOTO: OFICINA PRENSA NIVEA VELEZ
QUITO.-
Con seis votos afirmativos, cero negativos y cuatro abstenciones, este lunes la Comisión de Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social, aprobó el informe para segundo y definitivo debate de la reforma a la Ley de Seguridad Social que permite incrementar las pensiones jubilares.
Los asambleístas aprobaron modificar el artículo 234; el cual especifica la cobertura de la reforma, modificando a la Ley de Seguridad Social, la Ley de Seguridad de las Fuerzas Armadas y la Ley de Seguridad de la Policía Nacional.
El artículo 234 establece que “Las pensiones de invalidéz, de vejez, de incapacidad permanente o absoluta, de riesgos del trabajo y las de montepío se incrementarán al inicio de cada año en la misma proporción que el incremento del salario básico unificado del trabajador en general, que con la finalidad de asegurar el acceso a una pensión digna será mejorada con la multiplicación con un factor variable determinado en función de porcentajes del salario básico unificado”.
La tabla establece que se incrementará el 150% para los jubilados cuya pensión está en el rango correspondiente al 50% y el 75% del salario básico unificado del trabajador en general. 135% de incremento para quienes cuyo valor de la pensión jubilar es del 75% hasta el 100% del salario básico unificado. El 120% de incremento para quienes cuya pensión se ubica en el valor superior al 100% hasta el 150% del básico unificado. El 110% para quienes reciben pensiones cuyo valor supere el 150% hasta el 200%. Finalmente establece el incremento del 100% para los afiliados cuya pensión supere el 200% del salario básico unificado del trabajador en general.
Esta revalorización será financiada con el 50% de los intereses del capital invertido del fondo de pensiones, correspondiente al 60% del aporte de fondos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; el 40% restante deberá ser financiado por el Gobierno Central en forma oportuna, regular y suficiente.
Incremento para el 2010
La disposición transitoria primera establece que para el año 2010, la pensión de las y los jubilados será incrementada, por esta sola vez de acuerdo a la siguiente tabla, quienes tienen una pensión entre 100 a 150 dólares recibirán un aumento de 48,60; las personas que reciben de 150,01 a 200 dólares, 43,75; de 200,01 a 250, una alza de 40,50; de 250,01 a 500 tendrán un incremento de 40,25; y, de 501,01 en adelante, se les incrementa 40,15.
Según la información proporcionada por el IESS actualmente existen 180.237 jubilados que deberán recibir el incremento con retroactivo desde enero de 2010.

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