jueves, 19 de agosto de 2010

Ley de Cootad es la declaratoria de muerte para el centralismo


FUENTE: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Quito (Pichincha).-
Así calificó al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), el asambleísta de PAIS, César Rodríguez, durante entrevista al programa EL CIUDADANO TV, realizado la mañana de este domingo.
Rodríguez manifestó que la Asamblea Nacional a través de la aprobación de ciertas Leyes importantes ha contribuido para que exista ya institucionalidad en el país, puesto que “en un proceso de cambio como el que vive el Ecuador necesita un trabajo de sintonía, que la función de la Asamblea Nacional con la función Ejecutiva. Si nosotros no le dotamos al país de la legislación que permita aterrizar la Constitución a la viabilidad, a la operatividad de que los mandatos constitucionales se conviertan en algo concreto, indudablemente que la institucionalidad en el país nunca se va a construir”, sostuvo el legislador.
En ese contexto mencionó a la Ley del Cootad, la cual es un reglamento que construye la nueva geografía del poder en el Ecuador, del poder real en el Ecuador.
El Cootad “es la declaratoria de muerte del centralismo que en este país estranguló cualquier posibilidad de desarrollo equipotente en todo el territorio nacional”, resaltó.
El pasado 11 de agosto, con 82 votos el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad). Este cuerpo legal establece la organización político administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio, el régimen de los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, a la vez que desarrolla un modelo de descentralización obligatoria y progresiva, a través del sistema nacional de competencias.
El proyecto, que consta de 499 artículos, 31 disposiciones generales y dos derogatorias, será remitido al Ejecutivo, para que lo sanciones u objete, de conformidad con lo previsto en el Art. 63 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, en concordancia con el Art. 137, inciso tercero de la Constitución.
El Cootad forma parte del grupo de normas que debían ser aprobadas en forma prioritaria, conforme lo determinado en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución de la República.

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